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¿Qué obligaciones fiscales debe cumplir mi organización?

Durante esta contingencia, que no se te pase… 

¿Qué obligaciones fiscales debe cumplir mi organización?

  • Si tu organización es donataria autorizada
    • Presentar el informe anual de transparencia del ejercicio fiscal 2019 entre el 1° de junio y el 31 de julio a través de la plataforma del SAT (Regla 3.10.11 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal Para 2020).
      • Las donatarias autorizadas que hayan otorgado apoyos económicos a organizaciones no donatarias  y cuyo objeto exclusivo sea realizar labores de rescate y reconstrucción en casos de desastres naturales, deberán presentar dentro del informe anual de transparencia un listado con el nombre, denominación o razón social y RFC de las organizaciones no donatarias a las cuales se les otorgó el donativo en los plazos señalados. 
    • Si tu organización recibió donativos con el fin de atender la contingencia por los sismos ocurridos en septiembre de 2017 en México deberá presentar un informe final entre junio y julio. 
    • Si tu organización recibió igual o menos de 2 millones de pesos durante el ejercicio fiscal tiene la facilidad administrativa de capturar sus ingresos y gastos en la aplicación electrónica “Mis Cuentas” en el portal del SAT. Si obtuviste más de 2 millones de pesos, deberás presentar tu contabilidad electrónica con el envío de tu balanza electrónica. 
    • Recuerda que a partir de 2020, los ingresos de las donatarias por concepto de venta de bienes, servicios y arrendamiento no gravan IVA, son exentas. Esto significa que las organizaciones  no podrán  acreditar el IVA y  deberán pagarlo como cualquier consumidor final. Si deseas conocer más información sobre las implicaciones de esta medida, te invitamos a consultar Reforma exenta de IVA a las donatarias a partir de 2020.
  • Todas las organizaciones, sin importar si son o no donatarias autorizadas deben considerar lo siguiente: 
    • Notificar al SAT sobre las retenciones de sus colaboradores mes con mes (ya sea por nómina, asimilados, honorarios).
    • Presentar el aviso de prevención de lavado de dinero a más tardar los días 17 de cada mes.

¿Cuáles son mis obligaciones sobre el uso y transparencia para el manejo de donativos?

  • Si eres donataria autorizada recuerda que todos los donativos que recibas (efectivo y en especie) deberán acompañarse de un comprobante fiscal digital (CFDI), de lo contrario pueden ser sujetos de Impuesto Sobre la Renta. Además, debes asegurarte que los donativos sean aplicados para tu objeto social autorizado ante el SAT. 
  • Si recibiste un donativo del público en general, debes emitir un comprobante fiscal de donativo al público en general con el RFC genérico que emite tu contador. Si te resulta más sencillo, puedes sumar el total de donativos de público en general del mes y elaborar un solo comprobante.
  • Si eres donataria recuerda que de los ingresos por donativo que recibas, solo puedes destinar el 5% para gastos administrativos, por ello es importante diversificar tus fuentes de ingresos. 

¿Qué pasa con la cláusula del destino de patrimonio?

  • Recuerda que tu donataria está obligada a destinar los donativos que recibe a las actividades para las que fue autorizada. Verifica tu rubro autorizado en la constancia que recibiste de parte de la autoridad fiscal y revisa constantemente su vigencia en el Anexo 14 del Diario Oficial de la Federación.
  • Si pierdes tu autorización para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta debes recuperarla en los 12 meses siguientes para evitar la obligación de transmitir a otra donataria los donativos recibidos que no hayan sido ejercidos. Además, los donativos recibidos durante dicho ejercicio fiscal, no serán deducibles y deberás pagar el ISR.
  • Una donataria no puede distribuir remanentes entre sus asociados, es decir éstos no pueden recibir un beneficio de los resultados económicos de la operación de la organización. 

¿Qué debo saber si mi organización mantiene el trabajo a distancia debido al Covid-19?

  • Si las personas que colaboran en tu organización continúan prestando sus servicios a distancia no deberán ver afectado su salario y prestaciones.
  • Para establecer una política de trabajo en casa te recomendamos: desarrollar una estrategia incluyendo los horarios de disponibilidad de la persona colaboradora; establecer el número de horas en las que se encuentra activa y disponible;  compartir agendas electrónicas; y generar una óptima planeación para el desempeño de las actividades conjuntas por medio de telecomunicaciones. Para conocer más información, puedes consultar la publicación ‘Consideraciones Laborales relevantes para Organizaciones de la Sociedad Civil por Coronavirus (COVID-19)’.

 

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